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Creación de la parroquia Pablo VI

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COMUNICADO No. 015/2014

 Creación Parroquia:         DECRETO Nº 668

CREACIÓN DE LA PARROQUIA

PABLO VI

 EL CARDENAL

RUBÉN SALAZAR GÓMEZ

ARZOBISPO DE BOGOTÁ

CONSIDERANDO:

         1. Que la salud de las almas, el bien espiritual y la necesidad urgente de una Nueva Evangelización, hacen necesaria la creación de una nueva Parroquia en la Vicaría Episcopal Territorial de Cristo Sacerdote. 

       2. Que corresponde al Obispo Diocesano erigir las parroquias, tanto territoriales como personales, y constituir de modo estable las comunidades de fieles que   bajo su autoridad se encomiendan a un párroco como su pastor propio (cfr. c. 515 § 2).

       3. Que se dan las causas canónicas para erigir una Parroquia en dicho territorio, de acuerdo con lo establecido en el Decreto Conciliar Christus Dominus 32, el Motu Propio Ecclesiae Sanctae 1,21.1 y el Directorio para el Ministerio Pastoral de los Obispos Apostolorum Successores 213-214.

      4. Que el proceso de formación de estos sectores ha llevado una vida pastoral dinámica y una vida litúrgica y sacramental intensa, tenido como objetivo la creación y promoción de la conciencia de ser un sector parroquial con miras a configurarse como una nueva Parroquia.

       5. Que a tenor del canon 515 §2 del Código de Derecho Canónico, oído el parecer del Consejo Episcopal en su sesión del 14 de febrero de 2014, fue aprobada la creación de dicha Parroquia.

 

DECRETA:

1. Segregada de las parroquias de Cristo Resucitado y La Sagrada Eucaristía, eríjase una parroquia bajo el título de “Pablo VI” en el Arciprestazgo 2.7, de la Vicaría Episcopal Territorial de Cristo Sacerdote, que incluye el barrio Salitre El Greco. Los límites de la nueva parroquia quedan de la siguiente manera: Límite Norte: Avenida Calle 63 entre la Avenida Carrera 68 y Avenida Carrera 60;  límite  Este:  Avenida  Carrera 60  entre  la  Avenida  Calle  63  y  la Avenida Calle 26; límite Sur: Avenida Calle 26 entre la Avenida Carrera 60 y la Avenida Carrera 68; límite Oeste: Avenida Carrera 68 entre la Avenida Calle 63 y la Avenida Calle 26. 

 2. Modifíquense los límites de la parroquia Cristo Resucitado en el Arciprestazgo 2.7., de la Vicaría Episcopal Territorial de Cristo Sacerdote, que incluye los barrios: La Esmeralda y Rafael Núñez, quedando de la siguiente manera: Límite Norte: Avenida Calle 53 entre la Avenida Carrera 60 y la Carrera 45; límite Este: Carrera 45 entre la Avenida Calle 53 y la Avenida Calle 26; límite Sur: Avenida Calle 26 entre la Carrera 45 y la Avenida Carrera 60; límite Oeste: Avenida Carrera 60 entre la Avenida Calle 26 y la Avenida Calle 53.

3. Modifíquense los límites de la Parroquia La Sagrada Eucaristía, en el Arciprestazgo 2.7., de la Vicaría Episcopal Territorial de Cristo Sacerdote que incluye los barrios: Paulo VI y Quirinal, quedando los límites de la siguiente manera: Límite Norte: Avenida Calle 63 entre la Avenida Carrera 60 y la Avenida Carrera 50; límite Este: Avenida Carrera 50 entre la Avenida Calle 63 y la Avenida Calle 53; límite Sur: Avenida Calle 53 entre la Avenida Carrera 50 y la Avenida Carrera 60; límite Oeste: Avenida Carrera 60 entre la Avenida Calle 53 y la Avenida Calle 63.

4. Quedan modificadas las disposiciones del Decreto No. 646 del 8 de agosto de 20002, en cuanto se refiere a los límites de la Parroquia Cristo Resucitado y de la Parroquia La Sagrada Eucaristía.

5. Nómbrese al Señor Presbítero Luis Ángel Cuenca Serrano, Párroco en la Parroquia Pablo VI.

El presente Decreto rige a partir del momento en que tome posesión canónica, quien haya sido promovido para llevar la cura pastoral de la nueva parroquia.

 

Bogotá, 21 de mayo de 2014.

 

Cardenal Rubén Salazar Gómez

Arzobispo de Bogotá y Primado de Colombia

 

Ricardo Pulido Aguilar, Pbro.

Canciller

 

 

Ubicación geográfica de la nueva parroquia

 

Nuevo párroco padre Luis Ángel Cuenca Serrano

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